Leyes N.° 1136Vigente

Se hacen extensivos alcances del Decreto-Ley número 134 del 10/08/1948 a aquellos personas que hubieren perdido uno de sus hijos, su padre o su marido, y a las sucesiones de éstos, en la lucha contra la invasión

Ente emisor
Asamblea Legislativa
Fecha de emisión
21 de febrero de 1950
Citación
urn:lex:cr:ley:1950-02-21;1136

Texto completo

Artículo único

Los alcances del Decreto-Ley número 134 de diez de agosto de mil novecientos cuarenta y ocho, se hacen extensivos a los capitales de aquellos personas que hubieren perdido uno de sus hijos, su padre o su marido, y a las sucesiones de éstos, en la lucha contra la invasión de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho. Casa Presidencial.- San José, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta.

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

FechaNormaDescripción
10 ago 1948Ley N.° 134Casos de Excepción Impuesto Diez Por Ciento Al CapitalAmpliación (art. 1)· Expreso
Se hacen extensivos alcances del Decreto-Ley número 134 del 10/08/1948 a aquellos personas que hubieren perdido uno de sus hijos, su padre o su marido, y a las sucesiones de éstos, en la lucha contra la invasión | LeyReal.com