Reforma Reglamento técnico RTCR 519-2025. Poducto de riesgo sanitario. Producto para vapeo. Notificación de líquidos de vapeo etiquetado y control
- Ente emisor
- Poder Ejecutivo
- Fecha de emisión
- 26 de junio de 2026
- Publicación
- La Gaceta N.° 124 · 6 de julio de 2026
- Citación
- urn:lex:cr:decreto:2026-06-26;45853
Texto completo
Artículo 1
Reforma. Refórmese el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N.º 45479-S del 08 de enero del 2026, denominado "Reglamento Técnico RTCR 519-2025. Productos de Riesgo Sanitario. Productos para Vapeo. Notificación de Líquidos de Vapeo, Etiquetado y Control", para que se lea de la siguiente manera: "
Artículo 2
Rige. El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia el día 06 de agosto del año 2027."
Artículo 2
Vigencia. El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil veintiséis.
Normativa que la afectó
Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.
No se registran normas que hayan afectado a esta ley.
Normativa afectada por esta ley
Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.
| Fecha | Norma | Descripción |
|---|---|---|
| 8 ene 2026 | Decreto Ejecutivo N.° 45479Reglamento técnico RTCR 519-2025. Poducto de riesgo sanitario. Producto para vapeo. Notificación de líquidos de vapeo etiquetado y control | Reforma total (art. 1)· Expreso |