Reforma Reglamento para el funcionamiento y operación del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil del Cantón de Montes de Oro
- Ente emisor
- Municipalidad de Montes de Oro
- Fecha de emisión
- 16 de septiembre de 2026
- Publicación
- La Gaceta N.° 174 · 16 de septiembre de 2026
- Citación
- urn:lex:cr:reglamento-municipal:2026-09-16;107239
Texto completo
Artículo 11
De la procedencia del cobro de la procedencia del cobro: en casos calificados, y previo estudio técnico que así lo justifique, será procedente brindar los servicios del Centro a personas que por su condición socioeconómica favorable no cumplan con todos los supuestos para ser considerado población beneficiada según los criterios del IMAS. En tales supuestos, la Municipalidad cobrará un precio público por el servicio prestado. Dicho precio será un porcentaje del monto base que el IMAS establezca como beneficio a cada niño para recibir el servicio en los CECUDIS, dividido en cuatro categorías. Los0 porcentajes de este precio público se ajustará automáticamente en la misma medida en la que el IMAS ajuste el monto respectivo. En caso de que el monto base establecido por el IMAS sea reducido, la Municipalidad mantendrá el precio público previamente vigente como monto mínimo de referencia. Para efectos de determinar el precio público, se establecen tres categorías: A) Niños y niñas que el núcleo familiar tenga un ingreso de entre los ó300.000 a ó450.000 mensuales, pagarán un porcentaje del 35% del monto base que el IMAS establezca. B) Niños y niñas que el núcleo familiar tenga un ingreso de entre los ó451.000 a ó750.000 mensuales, pagarán un porcentaje del 45% del monto base que el IMAS establezca. C) Niños y niñas que el núcleo familiar tenga un ingreso superior a los ó751.000 a ó918.000 mensuales, pagarán un porcentaje del 70% del monto base que el IMAS establezca. D) Niños y niñas que el núcleo familiar tenga un ingreso superior a los ó918.000 mensuales, pagarán un porcentaje del 77% del monto base que el IMAS establezca. En caso de que el servicio sea solicitado en modalidad de medio tiempo, la persona responsable deberá cancelar el ochenta por ciento (80%) de la tarifa que corresponda según la categoría aplicable.
Normativa que la afectó
Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.
No se registran normas que hayan afectado a esta ley.
Normativa afectada por esta ley
Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.
| Fecha | Norma | Descripción |
|---|---|---|
| 5 ago 2013 | Reglamento municipal N.° 31Reglamento para el funcionamiento y operación del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil del Cantón de Montes de Oro | Reforma total (art. 1)· Expreso |