Reglamentos N.° 1432Vigente

Reforma Reglamento del sistema de contratación pública de la Operadora de Pensiones Complementarias de la CCSS

Ente emisor
Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización de la CCSS
Fecha de emisión
26 de noviembre de 2025
Publicación
La Gaceta N.° 63 · 8 de abril de 2026
Citación
urn:lex:cr:reglamento:2025-11-26;1432

Texto completo

Artículo 8

Responsabilidades de la Proveeduría. qqqq) Emitir el acto administrativo de no objeción exigido por la Ley General de Contratación Pública, N° 9986, su Reglamento y el Reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios, en conjunto con el funcionario designado al efecto, para los efectos de la formalización y ejecución del contrato, así como para la revisión o el reajuste de los precios, según corresponda. Se adiciona el inciso hh) al artículo 9 'Responsabilidades de las Unidades Solicitantes', el cual se leerá de la siguiente manera:

Artículo 9

Responsabilidades de las Unidades Solicitantes. hh) Designar en el pliego de condiciones a las personas encargadas de emitir el acto administrativo de no objeción, en conjunto con la Unidad de Proveeduría, considerando la estructura organizativa y funcional, las competencias, las normas de control interno y el conocimiento requerido para emitir dicho acto, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública, N° 9986, su Reglamento, y el Reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios. Se adicionan los incisos ll) y mm) al artículo 11 'Responsabilidades de las personas administradoras de los contratos', los cuales se leerán de la siguiente manera:

Artículo 11

Responsabilidades de las personas administradoras de los contratos. ll) Emitir el acto administrativo de no objeción, en conjunto con la Unidad de Proveeduría, cuando así se haya designado desde el pliego de condiciones, en cumplimiento de la normativa aplicable, incluyendo el Reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios. mm) En los contratos suscritos en modalidad de entrega según demanda, aprobar las distintas órdenes de pedido verificando el cumplimiento de todos los requisitos correspondientes. Capítulo III.-Se adiciona un párrafo final al artículo 28 "El acto final", el cual se leerá de la siguiente manera: En los casos de ausencia de la Gerencia General, y a efectos de garantizar la continuidad del trámite de los procedimientos, los actos del procedimiento de contratación pública que son de su competencia serán adoptados por la Dirección Financiera Administrativa. Aprobado por la Junta Directiva, según el acuerdo 4° de la sesión de Junta Directiva N° 1432, celebrada el 26 de noviembre de 2025. Publicarse sólo una vez-No sujeto a plazo legal.

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

FechaNormaDescripción
1 feb 2023Reglamento N.° 1320Reglamento del sistema de contratación pública de la Operadora de Pensiones Complementarias de la CCSSAmpliación (art. 1)· Expreso
1 feb 2023Reglamento N.° 1320Reglamento del sistema de contratación pública de la Operadora de Pensiones Complementarias de la CCSSAmpliación (art. 1)· Expreso
1 feb 2023Reglamento N.° 1320Reglamento del sistema de contratación pública de la Operadora de Pensiones Complementarias de la CCSSAmpliación (art. 1)· Expreso
1 feb 2023Reglamento N.° 1320Reglamento del sistema de contratación pública de la Operadora de Pensiones Complementarias de la CCSSAmpliación (art. 1)· Expreso