Reforma Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones
- Ente emisor
- Poder Ejecutivo
- Fecha de emisión
- 18 de septiembre de 2025
- Publicación
- La Gaceta N.° 177 · 23 de septiembre de 2025
- Citación
- urn:lex:cr:decreto:2025-09-18;45195
Texto completo
título habilitante — para que los particulares puedan hacer uso y explotar el espectro radioeléctrico es la concesión y establece, además, el procedimiento para otorgarlo, en el sentido que debe ser mediante concurso, que
Transitorio 1
Modifíquese el Transitorio V. al artículo 179 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET "Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones", emitido en fecha 22 de septiembre de 2008 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 de fecha 26 de septiembre de 2008 y sus reformas, que se leerá de la siguiente forma: "V. AMPLIAR la vigencia de los títulos habilitantes de concesión administrativa de frecuencias para la operación de redes y la prestación de servicios de radiodifusión sonora y televisiva de acceso libre y gratuito, a partir del 28 de junio de 2024 y hasta el día hábil siguiente a que se declaren las nuevas autoridades de los Poderes Ejecutivo y Legislativo por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, en relación con las elecciones del periodo 2025-2026. Las condiciones originales de las concesiones deberán ser respetadas por los administrados".
Artículo 2
Vigencia. Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. - San José, a los dieciocho días del mes de setiembre de dos mil veinticinco.
Normativa que la afectó
Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.
No se registran normas que hayan afectado a esta ley.
Normativa afectada por esta ley
Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.
| Fecha | Norma | Descripción |
|---|---|---|
| 22 sept 2008 | Decreto Ejecutivo N.° 34765Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones | Reforma Parcial (art. 1)· Expreso |