Leyes N.° 10489Vigente

Reforma Protección a los ocupantes de zonas clasificadas como especiales

Ente emisor
Asamblea Legislativa
Fecha de emisión
13 de mayo de 2024
Publicación
La Gaceta N.° 107 · 13 de junio de 2024
Citación
urn:lex:cr:ley:2024-05-13;10489

Texto completo

Artículo ÚNICO

Se reforma el artículo 1 de la Ley 9577, Protección a los Ocupantes de Zonas Clasificadas como Especiales, de-27 de junio de 2018. El texto es el siguiente:

Artículo 1

Se prolonga el plazo de treinta y seis meses que dispone la Ley 9577, Protección a los Ocupantes de Zonas Clasificadas como Especiales, de 27 de junio de 2018, por un periodo de tiempo igual, con idénticos efectos de suspensión sobre las acciones administrativas de desalojo de personas, la demolición de obras, la suspensión de actividades comerciales, agropecuarias y cualquier otra actividad lícita y proyectos existentes en la zona marítima terrestre, zona fronteriza y patrimonio natural del Estado, salvo aquellas que sean ordenadas mediante resolución judicial o administrativa en firme, fundadas en la comisión de daño ambiental o cuando exista peligro o amenaza del daño del medio ambiente. Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE.

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

FechaNormaDescripción
27 jun 2018Ley N.° 9577Protección a los ocupantes de zonas clasificadas como especialesReforma total (art. 1)· Expreso