Reglamentos N.° 0Vigente

Reforma Normativa de Tecnólogos en Ciencias Médicas autorizados por el Colegio de Médicos y Cirujanos

Ente emisor
Colegio de Médicos y Cirujanos
Fecha de emisión
10 de junio de 2026
Publicación
La Gaceta N.° 148 · 7 de agosto de 2026
Citación
urn:lex:cr:reglamento:2026-06-10;107577

Texto completo

Artículo 3

De las disciplinas Autorizadas: El Colegio de Médicos y Cirujanos, reconoce las siguientes Tecnologías en Ciencias Médicas: 3.1. Citología. Se reconoce como sinónimo los siguientes términos: Cito tecnología. 3.2. Disección. Se reconoce como sinónimo, los siguientes términos: disección de autopsias; Disección y tanatopraxia. 3.3. Electrocardiografía. 3.4. Encefalografía. 3.5. Se reconocen como sinónimos, los siguientes términos: Emergencias y Rescate; Emergencias Médicas y Rescate; Emergencias Médicas Prehospitalarias y Rescate; Urgencias Médicas; Atención pre Hospitalaria y Atención Prehospitalaria y en Emergencias; Emergencias Médicas Prehospitalarias. (Así reformado el inciso anterior en sesión ordinaria 2022-05-18 del 18 de mayo de 2022) 3.6. Gastroenterología 3.7. Hemodinamia. 3.8. Histología. Se reconoce sinónimo los siguientes términos: Histotecnología. 3.9. Imágenes Médicas. Se reconoce como sinónimo los siguientes términos Imagenología diagnóstica; Imagenología diagnóstica y terapéutica; Imagenología médica; Procedimientos radiológicos; Radiología; Radiología y Diagnóstico por Imágenes. 3.10. Oftalmología. 3.11. Ortopedia. Se reconoce como sinónimo los siguientes términos: Ortopedia y rehabilitación; Tecno ortopedia y trauma. 3.12. Podología. Se reconoce como sinónimo, las siguientes: Podología clínica. 3.13. Prótesis y Órtesis. 3.14. Registros Médicos. Se reconoce como sinónimo, los siguientes términos: Administración de sistemas de información en salud; Administración de sistemas de información de salud y registros; Registros médicos y sistemas de información en salud; Registros y estadísticas de la salud; Sistemas de información en salud. 3.15. Salud Ambiental (Solicitud de autorización voluntaria). 3.16. Salud ocupacional. Se reconoce como sinónimos: Gestor en Salud Ocupacional y Ambiente. 3.17. Saneamiento Ambiental 3.18. Urología. 3.19. Electrofisiología 3.20. Tecno cardiología y Hemodinamia. 3.21. Embalsamado y otras técnicas de preservación de piezas anatómicas para docencia. 3.22. Histocitotecnología el resto del artículo 3 queda incólume

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

FechaNormaDescripción
23 ago 2017Reglamento N.° 0Normativa de Tecnólogos en Ciencias Médicas autorizados por el Colegio de Médicos y CirujanosReforma Parcial (art. 1)· Expreso