Reglamentos N.° 7Vigente

Reforma Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial

Ente emisor
Dirección Nacional de Notariado
Fecha de emisión
15 de abril de 2026
Publicación
La Gaceta N.° 86 · 13 de mayo de 2026
Citación
urn:lex:cr:reglamento:2026-04-15;7

Texto completo

Artículo 33

Firma y sellos. Los sellos, tanto de tinta como blanco, deben contener exclusivamente el nombre completo y apellidos del notario sin abreviaturas, el número de carné profesional, y las frases "Notario Público" y "Costa Rica". De forma opcional, el notario podrá incluir el grado académico profesional o su abreviatura (Lic., M.Sc ., Dr.). Queda estrictamente prohibida la inclusión de logos, imágenes, figuras o símbolos de cualquier naturaleza dentro del diseño del sello. Los sellos y la firma deberán estar registrados ante la Dirección Nacional de Notariado y las demás instituciones públicas que así lo requieran. Cualquier sello que incumpla con estas disposiciones, no será admisible para ninguno de los trámites y servicios institucionales." c) Los sellos que a la fecha de esta reforma se encuentren registrados ante la Dirección Nacional de Notariado conservarán su vigencia. d) Ordenar a la Dirección Ejecutiva que difunda esta información en la plataforma de servicios, y se ponga en conocimiento de cada solicitante al momento de presentar la petición de inscripción y habilitación, con material impreso que contenga imágenes para fines ilustrativos. e) Rige a partir de su firmeza para efectos propios administrativos, y para efectos de terceros dispóngase su publicación en el Diario Oficial La Gaceta . ACUERDO FIRME . La presente publicación se realiza por una única vez y no se encuentra sujeta a plazo legal específico .

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

FechaNormaDescripción
13 mar 2013Reglamento N.° 6Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarialReforma total (art. 1)· Expreso