Acuerdos N.° 70Vigente

Reforma Crea Comisión institucional sobre accesibilidad y discapacidad del Ministerio de Seguridad Pública (CIAD-MSP)

Ente emisor
Ministerio de Seguridad Pública
Fecha de emisión
10 de junio de 2021
Publicación
La Gaceta N.° 127 · 2 de julio de 2021
Citación
urn:lex:cr:acuerdo:2021-06-10;70

Texto completo

Artículo 1

Se modifica el artículo 5, para que se lea de la siguiente manera: "

Artículo 5

Conformación de la Comisión Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad del Ministerio de Seguridad Publica estará integrada por los siguientes funcionarios: 1) El director General Administrativo-Financiero, quien preside 2) El director de Recursos Humanos o representante 3) Directores generales de cada cuerpo policial 4) El director de la Academia Nacional de Policía 5) El jefe de Salud Ocupacional 6) Un funcionario del Ministerio de Seguridad Publica representante de las personas con discapacidad 7) El jefe de la Contraloría de Servicios La Comisión podrá convocar a cualquier persona para hacerse asesorar o tratar algún tema en discusión. Se reunirá ordinariamente al menos una vez al mes y hará constar los acuerdos tomados en una minuta de cada reunión. Cada uno de los integrantes nombrará un suplente, el cual lo sustituirá y representará en caso de ausencia. En lo no regulado en este Decreto, se estará a lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, sobre los órganos colegiados".

Artículo 2

Se modifica el artículo 8 para que se lea de la siguiente forma: "

Artículo 8

Subcomisiones. La CIAD-MSP podrá conformar las subcomisiones que considere necesarias, las cuales serán presididas por algún miembro de la Comisión en conjunto con otros funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública, en calidad de invitados, quienes colaborarán como asesores. Se conformará la siguiente subcomisión. 1. Sub Comisión Técnica. Estará integrada por los siguientes funcionarios: a. Un funcionario del Departamento de Salud Ocupacional, del área de Trabajo Social, quien asumirá la coordinación y fungirá como secretaría técnica de la Comisión Institucional. b. Un funcionario de Recursos Humanos, del área de Capacitación. c. Un funcionario de la Oficina de Igualdad y Equidad de Género. d. Un funcionario de Asesoría Jurídica. e. Un funcionario de Relaciones Públicas y Prensa. f. Un funcionario de la Dirección de Infraestructura. g. Un funcionario de la Dirección de Tecnologías de Información. Funciones de la Sub Comisión Técnica. a) Generar bases de datos y estadísticas actualizadas que permitan crear acciones y planes de trabajo que emita la Comisión Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad. b) Realizar informes semestrales y finales que contemplen rendición de cuentas y seguimiento de planes de acción. c) Realizar consultas sobre el grado de satisfacción de las personas con discapacidad con respecto a los servicios y productos de apoyo brindados. d) Coordinar capacitaciones de sensibilización en la atención a las personas con discapacidad. e) Efectuar protocolos de atención. f) Velar por el cumplimiento de las políticas institucionales, y la normativa vigente en materia de discapacidad. g) Vigilar la infraestructura, equipos y necesidades particulares de las personas con discapacidad. h) Realizar diagnósticos de casos de las personas con discapacidad conjuntamente con los jefes de programas. i) Implementar el Plan de Acción aprobado por la Comisión Institucional.

Artículo 3

Vigencia. Rige a partir de su publicación. Dado en el Despacho del Ministro el día 10 de junio de 2021.

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

FechaNormaDescripción
13 ago 2015Acuerdo N.° 76Crea Comisión institucional sobre accesibilidad y discapacidad del Ministerio de Seguridad Pública (CIAD-MSP)Reforma total (art. 1)· Expreso
13 ago 2015Acuerdo N.° 76Crea Comisión institucional sobre accesibilidad y discapacidad del Ministerio de Seguridad Pública (CIAD-MSP)Reforma total (art. 2)· Expreso
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