Perfil de farmacéutico especialista en Producción Industrial
- Ente emisor
- Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica
- Fecha de emisión
- 12 de agosto de 2026
- Publicación
- La Gaceta N.° 151 · 12 de agosto de 2026
- Citación
- urn:lex:cr:reglamento:2026-08-12;151
Texto completo
Artículo 1
Definiciones: a) Especialidad Farmacéutica: Rama de la Farmacia cuyo objeto es una parte delimitada de ella, sobre la que el profesional farmacéutico posee conocimientos, habilidades y destrezas muy precisos, entendiéndose que no riñe con el ejercicio de otras profesiones. b) Especialidad académica: Se refiere a todas las categorías de posgrado definidos por el Convenio sobre Nomenclatura de Grados y Títulos de la Educación Superior Universitaria Estatal, o el Convenio que en su lugar se encuentre vigente. c) Especialidad profesional: Es la que está respaldada por actividades de capacitación teórico-prácticas sistematizadas además del ejercicio profesional en el área respectiva, ambos debidamente documentados. d) Farmacia: Es una ciencia de la salud, interdisciplinaria y aplicada, cuyo fin es contribuir a mantener o mejorar el nivel de calidad de vida de la población por medio de la utilización de los medicamentos y su interacción con los organismos vivientes. e) Farmacia Industrial: Actividad farmacéutica orientada al medicamento y otros productos de interés sanitario. Incluye las labores que desarrolla el farmacéutico en la investigación, desarrollo, producción, control, aseguramiento de calidad, registro sanitario, almacenamiento, distribución, promoción y comercialización de medicamentos y otros productos de interés sanitario en laboratorios farmacéuticos, laboratorios de control de calidad, laboratorios cosméticos, de productos naturales, de productos y equipo biomédico, o de otros productos de interés sanitario, droguerías, entre otros. f) Funciones no asistenciales: Funciones del profesional farmacéutico en todos los ámbitos que comprende el área de Farmacia Industrial y la de Regulación y Política Farmacéutica, las cuales se desarrollan según la normativa vigente que aplica en cada caso. g) Farmacéutico: Es la persona provista del correspondiente título académico de Licenciado en Farmacia e inscrito en el Colegio. h) Perfil Profesional: Descripción clara del conjunto de capacidades y competencias que identifican la formación de una persona para encarar responsablemente las funciones y tareas de una determinada profesión. i) Perfil del farmacéutico general: El licenciado en Farmacia es el profesional de la salud especialista en medicamentos de uso humano y veterinario, y otros productos de interés sanitario, capacitado para brindar servicios farmacéuticos de indicación, dispensación, aplicación, evaluación y optimización del uso de los medicamentos; así como investigación, desarrollo, producción, control de calidad, regulación, y promoción de medicamentos, cosméticos, productos naturales, equipo y material biomédico y artículos farmacopeicos, con competencias que le permitan ser miembro esencial del equipo de salud, tomador de decisiones, comunicador, líder, administrador, estudiante de por vida y maestro, comprometido con la investigación, la calidad y la excelencia profesional, que vele por el mantenimiento de la salud pública mediante su participación activa en la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, con altos valores éticos y humanistas. j) Profesional en ciencias de la salud: Aquella persona que posee el grado académico de licenciatura o uno superior en los siguientes campos: farmacia, medicina, microbiología química clínica, odontología, veterinaria, enfermería, nutrición y psicología clínica. Según lo definido en el Artículo 40 de la Ley Nº 5395. “Ley General de Salud”. k) Profesional especialista: Profesional egresado de un programa de posgrado de una universidad. l) Profesional generalista: Profesional egresado de un programa de grado de una universidad.
Artículo 2
Especialidad en Producción Industrial: El profesional farmacéutico especialista en Producción Industrial planea, diseña, implementa y optimiza los sistemas de manufactura, a través de la calidad de los procesos, productos e información mediante la integración de personas, materiales, equipos, tecnología y energía, en procura de obtener la máxima productividad. La Producción Industrial posee diferentes áreas de aplicación como: investigación operativa, logística, planeación, ergonomía aplicada, seguridad y salud industrial, simulación de actividades productivas, diseño de procesos, tecnología de fabricación avanzada, gestión, validación e implementación de proyectos, automatización y robótica. El profesional farmacéutico especialista en Producción Industrial establece programas para la coordinación de las actividades de manufactura, evaluando su calidad, rentabilidad y seguridad. Además, supervisa la optimización de procesos y sistemas. Así mismo, está capacitado para manejar cambios rápidos de tecnología y altos niveles de innovación, mediante la aplicación de las herramientas y metodologías propias de la Producción Industrial. Capítulo 2 Requisitos para el ejercicio de la profesión
Artículo 3
Para ser reconocido como profesional farmacéutico especialista en producción industrial, se requiere: a. Ser miembro activo del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica. b. Cumplir con los requisitos del Reglamento de Especialidades Farmacéuticas vigente. c. No estar suspendido del ejercicio profesional. d. Incorporar la especialidad en el Registro de Farmacéuticos Especialistas del Colegio. Capítulo 3 Ámbito de acción
Artículo 4
Generalidades. El profesional farmacéutico especialista en producción industrial se puede desempeñar tanto en el ámbito público como privado, al trabajar en departamentos respectivos dentro de la industria farmacéutica, dentro de la producción industrial y docencia en instituciones de educación superior y centros de investigación.
Artículo 5
Asistencial. No aplica para este perfil profesional.
Artículo 6
No asistenciales. El profesional farmacéutico especialista en producción industrial cuenta con los conocimientos en el ámbito de la farmacia industrial, lo cual le permiten ser aplicados en departamentos respectivos dentro de la industria farmacéutica, dentro de la producción industrial.
Artículo 7
Investigación. El profesional farmacéutico especialista en producción industrial cuenta con los conocimientos en el método científico, metodología de la investigación, lo cual le permiten ser aplicados en el diseño, ejecución y asesorías de investigaciones relacionadas a la especialidad.
Artículo 8
Docencia. El profesional farmacéutico especialista en producción industrial podrá participar en la formación académica universitaria de grado, posgrado y formación continua de los profesionales en farmacia.
Artículo 9
Administrativas. El profesional farmacéutico especialista en producción industrial podrá participar del proceso administrativo entiendo este como el proceso de planificar, organizar, dirigir y controlar; como parte del flujo continuo de actividades que se desarrollan dentro de una organización. Capítulo 4 Funciones
Artículo 10
Generalidades. Este capítulo hace referencia a las funciones que realiza el profesional farmacéutico especialista en producción industrial, las cuales se enmarcan o clasifican en funciones no asistenciales, de investigación, docentes y administrativas; cada una de estas describe una serie de tareas a ejecutar en el campo de dicha especialidad. Funciones no asistenciales del profesional farmacéutico en Producción industrial
Artículo 11
En el ámbito del ejercicio como profesional farmacéutico especialista en producción industrial, se desempeñan, entre otras, las siguientes funciones: a. Planear, programar y controlar la producción. b. Participar en la toma de decisiones previas a la fabricación de productos de nuevo lanzamiento. c. Participar en el diseño e implementación del sistema de aseguramiento en la gestión de procesos, control estadístico, diseño de experimentos y garantía de calidad. d. Administrar los procesos de la cadena de suministros, durante el diseño, localización de instalaciones y procesos de distribución asociados. e. Crear y aplicar modelos de pronósticos, teoría de colas, simulación de procesos y encadenamientos productivos, entre otras herramientas. f. Racionalizar el uso de los recursos teniendo en cuenta el componente ambiental y desarrollo sostenible para la actividad empresarial g. Identificar, evaluar y diseñar estrategias para prevenir riesgos operativos asignables a las actividades humanas productivas. h. Participar en la toma de decisiones para el desarrollo de nuevos productos, diseño y evaluación de proyectos de inversión. i. Analizar e interpretar la información para la toma de decisiones. j. Realiza diagnósticos y diseña métodos y estrategias que aumenten la efectividad organizacional. k. Gestionar la información para la toma de decisiones estratégicas y de negocio en el contexto de la minería de datos, su modelaje y análisis para la segmentación de clientes y mercados en los procesos de apoyo gerencial. Capítulo 5 Funciones en investigación
Artículo 12
El profesional farmacéutico especialista en producción industrial cumple, entre otras, las siguientes funciones en investigación: a. Planificar los proyectos de investigación en el campo de la producción industrial tanto en el ámbito público como privado. b. Organizar los proyectos de investigación en el campo de la producción industrial tanto en el ámbito público como privado. c. Dirigir los proyectos de investigación en el campo de la producción industrial tanto en el ámbito público como privado. d. Ejecutar los proyectos de investigación en el campo de la producción industrial tanto en el ámbito público como privado. e. Aplicar la metodología de investigación requerida en diferentes aspectos de producción para industrias y áreas comerciales. f. Participar en todo el proceso de investigación ante no conformidades o productos fuera de especificación y establece las acciones para su resolución y prevención. Capítulo 6 Funciones en docencia
Artículo 13
El profesional farmacéutico especialista en producción industrial cumple, entre otras, las siguientes funciones en docencia: a. Participar en la formación académica universitaria de pregrado, grado y postgrado de los profesionales en Farmacia en el ámbito de su especialidad. b. Participar en programas de educación farmacéutica continua. c. Participar en la capacitación del personal bajo su cargo. d. Capacitar, supervisar y evaluar al personal profesional y técnico a su cargo para asegurar su competencia y mejorar sus habilidades. Capítulo 7 Funciones administrativas
Artículo 14
El profesional farmacéutico especialista en producción industrial cumple, entre otras, las siguientes funciones administrativas: e. Participar en la planificación de la producción. Capítulo 8 Destrezas y habilidades
Artículo 15
El profesional farmacéutico especialista en producción industrial debe aportar evidencia del dominio de las siguientes destrezas: a. Capacidad de análisis y búsqueda de información. b. Orientación a la calidad y la excelencia. c. Toma de decisiones y solución de problemas. d. Comunicación asertiva y negociación. e. Creatividad e innovación para la mejora continua de los procesos. f. Habilidad para la colaboración y la cooperación para la armonía laboral. g. Planificación y organización. h. Orientación al servicio. i. Orientación a la investigación. j. Liderazgo. k. Responsabilidad y compromiso. l. Integración de capacidades, conocimiento y experiencia. m. Habilidad manual en las funciones propias de este tipo de especialidad.
Artículo 16
El profesional farmacéutico especialista en producción industrial debe cumplir con los las siguientes habilidades en el ejercicio de sus funciones: a. Destreza para encontrar solución a problemas desde un punto inicial. b. Usar razonamiento científico en la solución de problemas. c. Habilidades en pensamiento lógico-matemático. d. Dominio de información relacionada con la innovación y la investigación. e. Interactuar con equipos de trabajo multidisciplinarios, para el logro de objetivos f. Identificar oportunidades de innovación en cualquier área del sistema productivo de empresas de bienes y servicios. a. Conocer la tecnología y los procesos de la producción industrial farmacéutica. Aprobado por Junta Directiva mediante acuerdo 481-2025, en la sesión extraordinaria 24-2025 del 29 de setiembre de 2025. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Normativa que la afectó
Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.
No se registran normas que hayan afectado a esta ley.
Normativa afectada por esta ley
Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.
Esta ley no registra afectaciones a otras normas.