Resoluciones N.° 422Vigente

Desaplicación de la restricción vehicular para el día ocho de mayo del dos mil veintiséis

Ente emisor
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Fecha de emisión
22 de abril de 2026
Publicación
La Gaceta N.° 78 · 29 de abril de 2026
Citación
urn:lex:cr:resolucion:2026-04-22;422

Texto completo

Artículo 10

Desaplicación temporal. Se autoriza al Ministerio de Obras Públicas Transportes para que por vía resolución administrativa disponga, cuando así lo estime pertinente por razones de oportunidad, conveniencia o interés público, la desaplicación temporal de la restricción vehicular que por este Reglamento se establece para la Ciudad Capital, durante los días de fin y principio de año, semana santa, vacaciones escolares, feriados, así como motivo de cualquier otro evento o fecha que así se justifique." (El destacada en "negrita" y subrayado no corresponde al original) III.-Que dicho marco dispositivo de desaplicación temporal de la Restricción Vehicular, tiene como justificación esencial la necesidad de maximizar y adecuar los recursos institucionales propios de la actividad de control y vigilancia estatal, ante la modificación y variación de que se presentan y exigen en ocasión de los especiales patrones de comportamiento de la circulación vehicular, durante la fecha u evento indicado. Ante este particular e inusual panorama de variación de los patrones ordinarios de congestionamiento vial, se hace necesario un reajuste concordante de la actividad de control y vigilancia que ejerce la Policía de Tránsito; de modo que permita a ésta, una mejor reprogramación y redistribución de los recursos materiales y humanos existentes hacia el resguardo de interés público implicado. Conforme lo expuesto, es claro que coexisten entonces, sobradas razones y motivos de legalidad, oportunidad, conveniencia e interés público para emitir el presente acto con el fin de desaplicar temporalmente la Restricción Vehicular para la ciudad de San José, el ocho de mayo del dos mil veintiséis. IV.-Que analizada la normativa vigente, así como la experticia que se ha dado a nivel institucional durante años anteriores, este Despacho vislumbra, que es jurídicamente factible, por haber sido dispuesto en el, Por tanto , EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES RESUELVE: 1º-De conformidad con el artículo 10 del Decreto Ejecutivo Nº 37370-MOPT, denominado "Restricción Vehicular mediante el Esquema Hora/Placa en el Centro de San José", desaplicar temporalmente la Restricción Vehicular que por ese reglamento establece para la Ciudad Capital, durante el día 08 de mayo del 2026; por haberse emitido la "Declaratoria de Interés Público de todos los Actos y Ceremonias relativos a la Transmisión del Mando Presidencial, del 08 de mayo del 2026", en relación con el artículo 137 de nuestra Constitución Política; así como el asueto del 8 de mayo de 2026 instituido en el Decreto Ejecutivo Nº 46580-MGP publicado mediante el Alcance Nº 38 al Diario Oficial La Gaceta Nº 69 del 16 de abril de 2026; y en apego al numeral 11 de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227, por razones tanto de legalidad como de oportunidad, conveniencia e interés público, es procedente determinar por esta vía la DESAPLICACIÓN TEMPORAL DEL DECRETO Nº 37370-MOPT, para el día ocho de mayo del dos mil veintiséis en apego a la normativa indicada en la parte dispositiva del presente acto. 2º-Rige para la fecha indicada.

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

FechaNormaDescripción
26 oct 2012Decreto Ejecutivo N.° 37370Restricción Vehicular mediante el Esquema Hora/Placa en el Centro de San JoséDesaplicación Parcial de artículo (art. 1)· Expreso
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