Deroga Declara de Utilidad Pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Jabillos
- Ente emisor
- Poder Ejecutivo
- Fecha de emisión
- 18 de febrero de 2026
- Publicación
- La Gaceta N.° 119 · 29 de junio de 2026
- Citación
- urn:lex:cr:decreto:2026-02-18;45699
Texto completo
Artículo 1
Dejar sin efecto el Decreto Ejecutivo N° 36743-J P del once de julio del do s mil once, mediante el cual se declaró de utilidad pública para los intereses del Estado a la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Jabillos, cédula jurídica tres-cero cero dos-doscientos trece mil trescientos noventa y dos.
Artículo 2
Una vez publicado este decreto, deberá comunicarse al Registro de Asociaciones del Registro Nacional para su respectiva anotación.
Artículo 3
La administración notificará el presente acto al Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Tributación y el Registro Nacional de la Propiedad, a efecto de que proceda conforme su competencia.
Artículo 4
Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil veintiséis.
Normativa que la afectó
Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.
No se registran normas que hayan afectado a esta ley.
Normativa afectada por esta ley
Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.
| Fecha | Norma | Descripción |
|---|---|---|
| 11 jul 2011 | Decreto Ejecutivo N.° 36743Declara de Utilidad Pública para los intereses del Estado la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Jabillos | Derogación (art. 1)· Expreso |