Decretos Ejecutivos N.° 42109Vigente

Declaratoria de interés público y nacional del proyecto "“Estación Migratoria Bicentenario Sur”

Ente emisor
Poder Ejecutivo
Fecha de emisión
6 de diciembre de 2019
Publicación
La Gaceta N.° 20 · 31 de enero de 2020
Citación
urn:lex:cr:decreto:2019-12-06;42109

Texto completo

Artículo 1

Declaratoria . Se declara de interés público y nacional el proyecto denominado “Estación Migratoria Bicentenario Sur”, en adelante “el proyecto”, cuyo objetivo será la promisión del control migratorio, la regularización migratoria de las personas extranjeras en el país, la orientación y orden de las dinámicas de la inmigración y emigración, con el fin de cumplir con el mandato contenido en la Ley General de Migración y Extranjería N° 8764, del 19 de agosto de 2009, y que las personas extranjeras que radican en el país contribuyan al desarrollo y enriquecimiento económico, social y cultural de la sociedad costarricense.

Artículo 2

Mejora y Eficiencia Administrativa . La Administración Pública Central contribuirá con el proyecto referido anteriormente, aplicando las reglas de simplificación de trámites, eficiencia administrativa y coordinación interinstitucional, incentivando con ello el desarrollo, fortalecimiento, y tránsito de migrantes y el control migratorio. Los entes públicos que tengan injerencia en cualquier trámite relacionado con la ejecución e implementación del proyecto deberán participar y cooperar para facilitar las acciones que permitan el desarrollo de estas actividades e iniciativas, realizando las acciones que estimen pertinentes en lo atinente a simplificación y eficiencia administrativa.

Artículo 3

Colaboración . Las instituciones del Sector Público, dentro del marco legal respectivo, deberán contribuir con cualquier tipo de recursos o alternativas de colaboración, dentro de sus competencias en las acciones, actividades, iniciativas, planes, proyectos y programas que la Dirección General de Migración y Extranjería organice y realice en el marco del proceso ejecución e implementación del proyecto. Esta colaboración incluye la facilitación de personal técnico que sea necesario para realizar avalúos, informes y documentación requerida, para ejecutar las acciones y actividades necesarias para la ejecución e implementación de dicho proyecto.

Artículo 4

Recursos . Para el desempeño de su cometido, el Ministerio de Gobernación y Policía y todos los órganos y entes del sector público, apoyarán la implementación y desarrollo del proyecto, en la medida de sus capacidades y competencias, así como las acciones a ejecutar por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Artículo 5

Vigencia . Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta . Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 06 días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

Normativa que la afectó

Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.

No se registran normas que hayan afectado a esta ley.

Normativa afectada por esta ley

Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.

Esta ley no registra afectaciones a otras normas.

Declaratoria de interés público y nacional del proyecto "“Estación Migratoria Bicentenario Sur” | LeyReal.com