Aprueba Reglamento de la Ley N.° 1038, de la Profesión de Contador Público y deroga Reglamento del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica
- Ente emisor
- Poder Ejecutivo
- Fecha de emisión
- 20 de noviembre de 2025
- Publicación
- La Gaceta N.° 53 · 18 de marzo de 2026
- Citación
- urn:lex:cr:decreto:2025-11-20;45505
Texto completo
Artículo 1
Emisión de Reglamento . Emítase el Reglamento de la Ley N.° 1038, de la Profesión de Contador Público, cuyo texto se leerá de la siguiente forma: Reglamento de la Ley N.° 1038, de la Profesión de Contador Público (Nota de Sinalevi: Por tener articulado propio el Reglamento de la Ley N.° 1038, de la Profesión de Contador Público, debe consultarse en el sistema de forma independiente)
Artículo 2
Derogatoria . Deróguese el Decreto Ejecutivo No. 13606-E del cinco de mayo de mil novecientos ochenta y dos.
Artículo 3
Vigencia . El presente decreto rige a partir de la publicación en el Diario Oficial la Gaceta. Dado en la Presidencia de la República, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
Normativa que la afectó
Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.
No se registran normas que hayan afectado a esta ley.
Normativa afectada por esta ley
Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.
| Fecha | Norma | Descripción |
|---|---|---|
| 5 may 1982 | Decreto Ejecutivo N.° 13606Reglamento del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica | Derogación (art. 2)· Expreso |