Adhesión de la República de Costa Rica al Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA), al Protocolo al Acuerdo de Asociación de Economía Digital y a la Decisión del Comité Conjunto del Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA)
- Ente emisor
- Poder Ejecutivo
- Fecha de emisión
- 29 de junio de 2026
- Publicación
- La Gaceta N.° 133 · 17 de julio de 2026
- Citación
- urn:lex:cr:decreto:2026-06-29;45856
Texto completo
Artículo 1
La adhesión de la República de Costa Rica al ""Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEP A)", al ""Protocolo al Acuerdo de Asociación de Economía Digital" y a la "Decisión del Comité Conjunto del Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA) relativa a la adhesión de la República de Costa Rica al DEP A a la cual se anexan las condiciones de adhesión de la República de Costa Rica al Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA)", todo aprobado mediante la Ley Nº 10957 del 14 de mayo de 2026.
Artículo 2
Rige a partir del 29 de junio de 2026. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
Normativa que la afectó
Reformas, derogatorias y demás normas que modificaron esta ley, con su fecha y descripción.
No se registran normas que hayan afectado a esta ley.
Normativa afectada por esta ley
Otras normas que esta ley reforma, deroga o reglamenta.
| Fecha | Norma | Descripción |
|---|---|---|
| 14 may 2026 | Tratados Internacionales N.° 10957Protocolo al Acuerdo de Asociación de Economía Digital y a la Decisión del Comité Conjunto del Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA) | Adhesión (art. 1)· Expreso |
| 14 may 2026 | Tratados Internacionales N.° 10957Adhesión al Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA), al Protocolo al Acuerdo de Asociación de Economía Digital y a la Decisión del Comité Conjunto del Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA) | Adhesión (art. 1)· Expreso |